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Las calumnias en Internet desaparecen al año (España) pero siguen en la red

La aparición y evolución de Internet ha supuesto un cambio de paradigma en nuestra sociedad; sin embargo, aún existe una gran cantidad de lagunas legales y económicas en dicho sector. La mayor parte de la población desconoce cómo está regulado Internet.

No todos los seres humanos son buenos por naturaleza y algunos de ellos cometen delitos. De hecho, muchos incurren en delitos sin ni siquiera ser conscientes de ello. Hoy vamos a hablaros de las calumnias en Internet; que prescriben a los 12 meses de producirse aunque las publicaciones sigan apareciendo en la red.

Las calumnias en Internet prescriben a los 12 meses

La Audiencia Provincial de Barcelona ha negado en un auto que el delito de calumnias en Internet tenga carácter permanente. En el documento, los jueces explican que los delitos de este tipo prescriben a los 12 meses de su publicación si el afectado no ha tomado medidas judiciales antes del plazo.

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Como muchos estaréis pensando, debido a las particularidades de Internet es posible que dicho delito siga circulando por la red; pero, los magistrados declaran que el delito prescribe igualmente, independientemente de que siga rondando o no por Internet.

Así, la Audiencia Provincial de Barcelona derriba el argumento de la acusación. Desde ésta se afirmaba que el delito de calumnias en Internet es un delito contra el honor que se “perpetua” mientras no se borren las publicaciones pertinentes de la red.

No es necesario eliminar la publicación

Los jueces relatan que el delito de calumnias es “instantáneo”. ¿Qué quiere decir esto? Según los magistrados, la difusión posterior a una calumnia en la red es un “efecto del delito” y no el resultado directo de que el acusado siga realizando la acción lesiva.

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Para considerar un delito como permanente, el agente debe “continuar realizando la acción”. Esto significa que no retirar la obra publicada no se convierte en otra calumnia o injuria. En este sentido, la Audiencia Provincial explica que en el momento exacto en el que se profiere la calumnia empieza a contar el tiempo para su prescripción. Los magistrados también expresan que no es necesario el conocimiento del ofendido de las injurias y amenazas para que se considere delito.

La opinión de un abogado sobre las calumnias (España)

El auto de la Audiencia Provincial de Barcelona es claro; sin embargo, hemos querido hablar con un abogado experto en tecnología para que nos de su opinión sobre el tema. Para ello hemos charlado con Leandro Núñez, socio y abogado de Audens.

En primer lugar, Núñez nos ha explicado que calumniar consiste en acusar a alguien de un delito sin fundamento alguno. “Eres un estafador” o “eres un ladrón” son ejemplos de calumnias. Eso sí, han de ser falsas o no tener pruebas de lo que se dice para considerarlo calumnia.

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El abogado nos relata que las mentiras en Internet prescriben tras pasar 12 meses; sin embargo, y al contrario de lo dictado por los jueces, Núñez insiste en que “mientras sigan existiendo las publicaciones calumniosas seguirá produciéndose el hecho”. Desde su punto de vista, el delito no prescribe hasta que se retire dicha publicación, puesto que se estaría cometiendo un delito continuado.

Como hemos comentado, los magistrados de la Audiencia Provincial han dicho totalmente lo contrario, el delito prescribirá una vez pasado el plazo aunque la calumnia siga circulando por la red.

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