via El Pais
El abogado general de la Unión Europea (UE) ha reiterado este jueves que las bibliotecas pueden digitalizar sus colecciones de libros para su consulta en puestos de lectura electrónica, aún sin el acuerdo del autor. El letrado aclara, no obstante, que la legislación comunitaria no permite a los usuarios almacenar el libro digitalizado en una memoria USB ni hacer uso de la copia fuera de los puestos de lectura electrónica. En los próximos meses el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) hará público el fallo definitivo, que coincide con la opinión del letrado en un 80% de las ocasiones.
La opinión del abogado general se refiere al litigio entre la Universidad Técnica de Darmstadt (Alemania), que había digitalizado un libro y había proporcionado acceso al mismo a través de terminales de consulta electrónica, y la editorial Eugen Ulmer KG, que se oponía a ello. En su opinión emitida hoy —no vinculante con la decisión del TJUE— el letrado subraya que la directiva sobre derechos de autor establece que los 28 Estados miembros deben reconocer a los autores el derecho exclusivo a autorizar o a prohibir la reproducción y la comunicación al público de sus obras pero recuerda que el texto también permite excepciones en las bibliotecas accesibles al público que, a efectos de investigación o de estudio personal, pusieran a disposición de los usuarios obras de sus fondos a través de puestos de lectura electrónica.
El abogado también añade que la directiva —ya transpuesta a las legislaciones nacionales— no se opone a que las bibliotecas digitalicen obras antiguas, frágiles, raras o que, por su uso, pudieran sufrir un deterioro “desproporcionado” a raíz de su consulta física y no observa “ninguna diferencia” entre la fotocopia de las páginas de una obra y la impresión de las páginas de una copia digital.
Fuentes de la sociedad de gestión de derechos de autor Cedroconsultadas por este diario remarcan que la conclusión del abogado general refrenda lo dispuesto en la directiva europea, “que permite la reproducción de obras del fondo para usuarios en terminales concretos dentro de la propia biblioteca”. En ningún caso, matizan, se podrá imprimir un libro sin la autorización del titular de los derechos.
via El Pais
El abogado general de la Unión Europea (UE) ha reiterado este jueves que las bibliotecas pueden digitalizar sus colecciones de libros para su consulta en puestos de lectura electrónica, aún sin el acuerdo del autor. El letrado aclara, no obstante, que la legislación comunitaria no permite a los usuarios almacenar el libro digitalizado en una memoria USB ni hacer uso de la copia fuera de los puestos de lectura electrónica. En los próximos meses el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) hará público el fallo definitivo, que coincide con la opinión del letrado en un 80% de las ocasiones.
La opinión del abogado general se refiere al litigio entre la Universidad Técnica de Darmstadt (Alemania), que había digitalizado un libro y había proporcionado acceso al mismo a través de terminales de consulta electrónica, y la editorial Eugen Ulmer KG, que se oponía a ello. En su opinión emitida hoy —no vinculante con la decisión del TJUE— el letrado subraya que la directiva sobre derechos de autor establece que los 28 Estados miembros deben reconocer a los autores el derecho exclusivo a autorizar o a prohibir la reproducción y la comunicación al público de sus obras pero recuerda que el texto también permite excepciones en las bibliotecas accesibles al público que, a efectos de investigación o de estudio personal, pusieran a disposición de los usuarios obras de sus fondos a través de puestos de lectura electrónica.
El abogado también añade que la directiva —ya transpuesta a las legislaciones nacionales— no se opone a que las bibliotecas digitalicen obras antiguas, frágiles, raras o que, por su uso, pudieran sufrir un deterioro “desproporcionado” a raíz de su consulta física y no observa “ninguna diferencia” entre la fotocopia de las páginas de una obra y la impresión de las páginas de una copia digital.
Fuentes de la sociedad de gestión de derechos de autor Cedroconsultadas por este diario remarcan que la conclusión del abogado general refrenda lo dispuesto en la directiva europea, “que permite la reproducción de obras del fondo para usuarios en terminales concretos dentro de la propia biblioteca”. En ningún caso, matizan, se podrá imprimir un libro sin la autorización del titular de los derechos.
Compartir esto: