La respuesta corta es no, a menos que lo haga un diario.
Desde la publicación de la entrevista a Joaquín “El Chapo” Guzmán Loera en la revista Rolling Stone, México se ha visto inmerso en un impresionante circo mediático, que parece girar compulsivamente entre las distintas versiones oficiales sobre la captura del sujeto (que han ido de ser un apresamiento fortuito incidental al operativo militar del siglo), la simulación escrupulosa del día del evento y la fijación por la relación entre la actriz Kate del Castillo y el Chapo.
La cereza en el pastel vino hace un par de días, cuando el diario Milenio publicó las supuestas conversaciones entre la artista y el traficante.
En la nota, firmada por Carlos Marín no se describe con precisión cómo se tuvo acceso a estos chats, realizados al parecer a través de aplicaciones móviles de mensajería instantánea, pero también se menciona que originalmente fueron interceptados por “el gobierno mexicano”.
De modo que sí, los elementos conocidos, el contenido de las charlas, la propia declaración del reportero y el silencio sobre el método para obtener meses completos de conversaciones, apuntan a que la publicación en Milenio vino directamente detonada desde alguna instancia oficial que “filtró” los mensajes.
Ante este panorama la pregunta obvia sería “¿Es legal que un gobierno filtre conversaciones privadas para su publicación?”
La realidad es que se trata de un tema complicado en el caso específico de lo sucedido con el Chapo Guzmán, debido a la legislación vigente en México, el valor periodístico (y mediático) del incidente, la situación del estado de derecho en el país y la crisis de credibilidad que acompaña al Poder Ejecutivo desde los episodios de La Casa Blanca y Ayotzinapa.
Pero en México, desde 2005 es legal que las autoridades judiciales, intervengan los servicios de telecomunicaciones de sus ciudadanos, a través del Centro de Investigación y Seguridad Nacional (CISEN).
Según informa El Economista mediante una solicitud de transparencia, desde entonces y durante los últimos diez años sólo se han reconocido 1.821 intervenciones legales, las últimas 225 fueron sólo durante 2015, y en teoría algunas de ellas corresponden a las charlas que terminaron publicadas en el diario.
Pero el plano legal se complica aún más. El pasado mes de noviembre de 2015, el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), aprobó los lineamientos para aprobar la intervención telefónica de líneas móviles y fijas, por motivos de “seguridad y procuración de justicia”.
Luego de un intenso debate prolongado por años se terminó concluyendo que ahora no será necesaria la participación de un juez para autorizar la intervención, bajo la promesa de tener un total cuidado por la privacidad y derechos de los ciudadanos, según marca la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a menos que haya algún motivo judicial para saltarla.
En estricto sentido, no existe ningún lineamiento oficial que autorice la difusión de las identidades de las personas intervenidas, ni del contenido de las charlas realizadas durante la investigación judicial.
Pero tampoco existe ninguna medida o candado que impida o sancione la filtración de todo lo recopilado durante el proceso, y todo apunta a que nunca se sabrá de forma oficial cómo se obtuvieron esas conversaciones.
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La respuesta corta es no, a menos que lo haga un diario.
Desde la publicación de la entrevista a Joaquín “El Chapo” Guzmán Loera en la revista Rolling Stone, México se ha visto inmerso en un impresionante circo mediático, que parece girar compulsivamente entre las distintas versiones oficiales sobre la captura del sujeto (que han ido de ser un apresamiento fortuito incidental al operativo militar del siglo), la simulación escrupulosa del día del evento y la fijación por la relación entre la actriz Kate del Castillo y el Chapo.
La cereza en el pastel vino hace un par de días, cuando el diario Milenio publicó las supuestas conversaciones entre la artista y el traficante.
En la nota, firmada por Carlos Marín no se describe con precisión cómo se tuvo acceso a estos chats, realizados al parecer a través de aplicaciones móviles de mensajería instantánea, pero también se menciona que originalmente fueron interceptados por “el gobierno mexicano”.
De modo que sí, los elementos conocidos, el contenido de las charlas, la propia declaración del reportero y el silencio sobre el método para obtener meses completos de conversaciones, apuntan a que la publicación en Milenio vino directamente detonada desde alguna instancia oficial que “filtró” los mensajes.
Ante este panorama la pregunta obvia sería “¿Es legal que un gobierno filtre conversaciones privadas para su publicación?”
La realidad es que se trata de un tema complicado en el caso específico de lo sucedido con el Chapo Guzmán, debido a la legislación vigente en México, el valor periodístico (y mediático) del incidente, la situación del estado de derecho en el país y la crisis de credibilidad que acompaña al Poder Ejecutivo desde los episodios de La Casa Blanca y Ayotzinapa.
Pero en México, desde 2005 es legal que las autoridades judiciales, intervengan los servicios de telecomunicaciones de sus ciudadanos, a través del Centro de Investigación y Seguridad Nacional (CISEN).
Según informa El Economista mediante una solicitud de transparencia, desde entonces y durante los últimos diez años sólo se han reconocido 1.821 intervenciones legales, las últimas 225 fueron sólo durante 2015, y en teoría algunas de ellas corresponden a las charlas que terminaron publicadas en el diario.
Pero el plano legal se complica aún más. El pasado mes de noviembre de 2015, el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), aprobó los lineamientos para aprobar la intervención telefónica de líneas móviles y fijas, por motivos de “seguridad y procuración de justicia”.
Luego de un intenso debate prolongado por años se terminó concluyendo que ahora no será necesaria la participación de un juez para autorizar la intervención, bajo la promesa de tener un total cuidado por la privacidad y derechos de los ciudadanos, según marca la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a menos que haya algún motivo judicial para saltarla.
En estricto sentido, no existe ningún lineamiento oficial que autorice la difusión de las identidades de las personas intervenidas, ni del contenido de las charlas realizadas durante la investigación judicial.
Pero tampoco existe ninguna medida o candado que impida o sancione la filtración de todo lo recopilado durante el proceso, y todo apunta a que nunca se sabrá de forma oficial cómo se obtuvieron esas conversaciones.
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