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Derecho a protesta y vigilancia policial en redes sociales

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Al momento de escribir este artículo, en alguna ciudad de Brasil se juega uno más de los esperados encuentros del Mundial de Fútbol 2014. Al mismo tiempo, entre celebraciones de hinchas enfervorizados, es casi seguro que la policía brasileña está vigilando a ciertos usuarios de redes sociales de ese país. ¿La razón? “Prevenir” disturbios durante el evento posiblemente provocados por las anunciadas protestas.

¿Por qué la policía decide vigilar las redes sociales? Principalmente, porque nos guste o no, no solo son las plataformas más populares en Internet, sino que además muchas veces son la única forma en que los ciudadanos se relacionan con la red. Así, con el tiempo, se han transformado en plataformas usadas para ejercer diversos derechos humanos, entre los que se incluyen el de petición, reunión, asociación y libertad de expresión.

Con las populares protestas estudiantiles del 2011 (que aún están vigentes), el uso de redes sociales para la organización de los estudiantes en Chile fue paradigmática para el ejercicio de derechos humanos en red. Tanto así, que nadie puede analizar esas movilizaciones sin tener en cuenta estas plataformas y sus consecuencias positivas como negativas para el movimiento estudiantil.

Era cosa de tiempo para que los mecanismos de vigilancia policial llegaran al uso de redes sociales en países como los nuestros, con “democracias” donde muchos vicios post autoritarios gozan de buena salud. Las prácticas de vigilancia que no se ajusten a derecho, no deberían ser admitidas por ser un acto arbitrario que busca castigar el ejercicio de derechos fundamentales e intimidar a diversos activistas.

La vigilancia en redes sociales tiene varias modalidades. La primera y más simple, consiste en identificar a los organizadores de eventos o grupos de Facebook, que atendida la naturaleza social de esta red social y sus políticas que apuntan al uso de nombres reales en ella, hacen muy fácil el trabajo policial y de inteligencia, sin requerir ninguna destreza especial para ello.

Otra modalidad consiste en requerir, mediante órdenes judiciales o gubernamentales (estas últimas dudosamente legales) dirigidas a empresas como Facebook o Twitter, que entreguen la información privada de sus usuarios, lo que permite a las policías y servicios de inteligencia identificar a personas que ejercen su derecho al anonimato a través de seudónimos o nombres falsos.

Pero también existe una tercera y preocupante categoría, que consiste en el uso de ciertas tecnologías que las mismas redes sociales podrían ofrecer, para facilitar la identificación de sospechosos. Este es el caso, por ejemplo, del uso de sistemas de reconocimiento facial, que aunque hoy no permiten extender su uso a las agencias de orden y seguridad, un caso en Chile llama la atención y enciende las luces de alerta sobre el potencial uso de éstas.

Durante una jornada de protesta social hace solo unas semanas atrás, un policía chileno fue golpeado repetida e injustificadamente por un grupo de encapuchados, hecho a todas luces reprochable. Alguien filmó los hechos, y en base a una captura de video, la fiscalía chilena aseguró haber efectuado un “reconocimiento facial hasta dar con la fotografía de alguien que se pareciera”, y detuvo a un estudiante presuntamente implicado en los hechos.

La frase anterior evoca el uso de redes sociales y esas tecnologías. Afortunadamente, y por ahora, Facebook no permite hacer búsqueda de rostros aleatorios a partir de una fotografía cualquiera, salvo que esté en tu lista de amigos o sea amigo de tus amigos, y dista mucho de ser un procedimiento perfecto, por lo que el procedimiento poco tuvo de tecnológico.

Lo que probablemente ocurrió en el caso descrito fue que este “reconocimiento facial” consistió realmente en comparar de manera “humana” las capturas de video con perfiles de Facebook. Pero cuando sólo en Chile existen millones de usuarios de esta red social, ¿por dónde comenzó buscando la policía? Otros antecedentes, por lo demás, apuntan a que el sospechoso con que dieron ni siquiera había asistido a la marcha, por lo que actualmente todo el procedimiento de investigación utilizado está siendo cuestionado.

En este nuevo escenario de vigilancia de redes sociales y persecución de la protesta social, hay diversas formas de abordar el problema. Es fácil tomar una aproximación tecnológicamente determinista y pensar que la solución pasa solo por convencer y capacitar a los participantes de las protestas con el uso de herramientas seguras para las comunicaciones (TOR, cifrado de correos electrónicos, etcétera). Sin embargo, la adopción de estas herramientas, que ayudan muchísimo a los activistas, no necesariamente soluciona el problema de fondo.

El problema de esa aproximación es que ignora que la seguridad y la privacidad no se define por el uso de una herramienta, sino por pautas culturales. Decirle que “Facebook es el mal” a integrantes de movimientos sociales que gracias a esa plataforma han logrado ejercer muchos de sus derechos es, probablemente, no comprender la complejidad del uso de las tecnologías, y desconocer el efecto de red que genera una plataforma con tantos usuarios. Las formas de aproximarse a la privacidad y seguridad de nuestros datos depende de variables como edad, género, clase social, etcétera. Una forma de trabajar con los activistas en riesgo por la vigilancia a las redes sociales debe comenzar por comprender y hacerse cargo de esa circunstancia.

Con todo, no hay que olvidar una perspectiva principal: la dimensión política. Los organismos de persecución penal en países como Chile y otros de la región, no respetan adecuadamente nuestros derechos fundamentales. Muchas veces operan de manera desprolija, abusiva o sin una orden judicial que autorice sus actuaciones. Este tipo de abusos, llevados al entorno digital, amenazan a millones de personas que pueden ser perseguidas por varias razones que poco tienen que ver con la persecución de un delito, sino que para vulnerar, impedir o limitar el ejercicio de varios derechos fundamentales.

En este escenario, es esencial contar con políticas públicas que limiten la recopilación excesiva y desproporcionada de datos por parte de las redes sociales y, al mismo tiempo, impedir que las policías y fuerzas de seguridad puedan acceder a esas informaciones de manera libre e indiscriminada. Sólo de esta manera vamos a proteger efectivamente los derechos fundamentales de los usuarios de estos servicios, permitiéndoles ejercer sus derechos a través de las plataformas que les resulten más efectivas para lograr los cambios sociales que tantas personas anhelan.

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Francisco Vera es abogado y Paz Peña periodista de ONG Derechos Digitales.
E-mail: francisco [at] derechosdigitales.org y paz [at] derechosdigitales.org