Las primeras pistas aparecían hace un año: un borrador de anteproyecto que hacía mención al uso de troyanos por parte de la Policía en casos de delitos especialmente graves para poder acceder a los datos informáticos de los sospechosos. Hoy, el Gobierno ha aprobado el anteproyecto sin muchos cambios con respecto a lo que ya sabíamos.
El principal problema de esta norma es la poca concreción de su alcance. Según el texto, se podrá usar software para recoger de forma remota datos del ordenador del sospechoso en el transcurso de la investigación de delitos relacionados con organizaciones criminales, terrorismo, contra menores o discapacitados, contra la Constitución, de traición o relativos a la defensa criminal; y además, en delitos “de especial gravedad”.
Sí se detalla, por ejemplo, que los proveedores de acceso y responsables de bases de datos y sistemas deberán colaborar con las autoridades para que se lleve a cabo el proceso. Así mismo, las actuaciones tendrán una duración máxima de un mes.
Aunque la norma no es del todo concreta, tampoco se puede decir que sea mala. El hecho de que haya un juez detrás y que se tengan que registrar todos los detalles del proceso da más confianza.Tal y como nos comentaba el abogado Yago Abascal, esta norma plantea algunos problemas éticos y prácticos, pero es necesario que las leyes se adapten al progreso tecnológico.
Las primeras pistas aparecían hace un año: un borrador de anteproyecto que hacía mención al uso de troyanos por parte de la Policía en casos de delitos especialmente graves para poder acceder a los datos informáticos de los sospechosos. Hoy, el Gobierno ha aprobado el anteproyecto sin muchos cambios con respecto a lo que ya sabíamos.
El principal problema de esta norma es la poca concreción de su alcance. Según el texto, se podrá usar software para recoger de forma remota datos del ordenador del sospechoso en el transcurso de la investigación de delitos relacionados con organizaciones criminales, terrorismo, contra menores o discapacitados, contra la Constitución, de traición o relativos a la defensa criminal; y además, en delitos “de especial gravedad”.
Sí se detalla, por ejemplo, que los proveedores de acceso y responsables de bases de datos y sistemas deberán colaborar con las autoridades para que se lleve a cabo el proceso. Así mismo, las actuaciones tendrán una duración máxima de un mes.
Aunque la norma no es del todo concreta, tampoco se puede decir que sea mala. El hecho de que haya un juez detrás y que se tengan que registrar todos los detalles del proceso da más confianza.Tal y como nos comentaba el abogado Yago Abascal, esta norma plantea algunos problemas éticos y prácticos, pero es necesario que las leyes se adapten al progreso tecnológico.
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